Grupo 479Comercio al por menor no realizado en establecimientos, puestos de venta o mercados
Este grupo comprende las actividades de comercio al por menor por correo, por Internet, a domicilio, mediante máquinas expendedoras, etcétera.
Comercio electrónico. Las unidades económicas reciben pedidos y tramitan las ventas de los bienes y servicios producidos a través de diversos medios, como teléfono, fax, televisión o internet.
Muchos países han optado por denominar comercio electrónico a todas las transacciones económicas por las que se transfiere la propiedad de bienes o servicios a través de internet o por otros medios electrónicos.
La transferencia de la propiedad de un bien o servicio se realiza en tres etapas: a) el pedido, b) el pago y c) la entrega del bien o servicio. Las transacciones de comercio electrónico pueden definirse como aquellas en las que solo la primera etapa, la primera y la segunda, o las tres etapas se realizan por internet o por otros medios electrónicos.
Para muchas unidades económicas el comercio electrónico es solo una modalidad más de ventas. No han variado las reglas para la clasificación industrial de esas unidades, que se clasifican en la industria correspondiente a su actividad principal. Sin embargo, son cada vez más numerosas las unidades que venden bienes y servicios exclusivamente por internet. También esas unidades deben clasificarse en la industria de su actividad principal. Por consiguiente, se encontrarán unidades económicas dedicadas al comercio electrónico en cualquier industria de la CIIU. Existe una excepción importante a esa regla: en el comercio al por menor, las unidades que realizan sus ventas exclusiva o predominante por internet se clasifican en la cuarta revisión de la CIIU dentro de la clase 4791, «Comercio al por menor realizado a través de internet».