Código CIIU
8544

Actividad EconómicaEducación de universidades

Clase
8544
Educación de universidades
Notas

Son universidades las instituciones que acrediten su desempeño con criterio de universalidad en las siguientes actividades: La investigación científica, la formación académica en profesiones o disciplinas y la producción, desarrollo y transmisión del conocimiento y de la cultura universal y nacional.

Esta clase incluye:

  • La enseñanza que ofrece fundamentación teórica y metodológica de una profesión y una amplia formación para la dirección, el diseño y la gestión.

  • La formación en instituciones legalmente reconocidas para desarrollar programas en el campo de investigación científica, producción, desarrollo y transmisión del conocimiento y de la cultura.

Debido a su carácter investigativo, este tipo de instituciones son las únicas autorizadas para ofrecer todos los niveles de formación: técnico profesional, tecnológico, profesional, especialización, maestría y doctorado.

Esta clase excluye:

  • La educación ofrecida con el objeto de complementar, actualizar o suplir conocimientos, a la que no puede asignarse un nivel determinado, impartida por entidades educativas. Se incluye en el grupo 855, «Otros tipos de educación».
Grupo
854
Educación superior
Notas

Este grupo comprende actividades de enseñanza postsecundaria terciaria, que conduce a la obtención de un título de educación superior de pregrado (técnico profesional, tecnológico y profesional) o posgrado (especialización, maestría y doctorado). Los requisitos para ingresar a educación superior son: obtener el título de bachiller o su equivalente en el exterior y haber presentado el examen de Estado para el ingreso a la Educación superior.

La articulación de la educación media con la técnica profesional permite cursar estudios superiores a pesar de no contar con los prerrequisitos mínimos de ingreso; sin embargo, estos son totalmente necesarios para la obtención del título de educación superior y para el avance en el nivel de formación por ciclos propedéuticos.

La enseñanza puede impartirse en aulas o mediante programas de radio y de televisión, internet o correspondencia.

División
85
Educación
Notas

De acuerdo con el marco normativo colombiano, la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social, con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

Esta sección comprende la organización y la prestación de la educación pública o privada en sus niveles: primera infancia, preescolar, básica (primaria y secundaria), media, superior, para el trabajo y el desarrollo humano; dirigida a niños y jóvenes en edad escolar o a adultos, a grupos vulnerables y diversos: campesinos, grupos étnicos, personas en situación de discapacidad, con capacidades excepcionales, personas en situación de desplazamiento forzado, a personas que requieran rehabilitación social, entre otros.

Incluye los programas de alfabetización, enseñanza de tiempo completo, de tiempo parcial o de carácter intensivo; en horario diurno y nocturno, etcétera. De igual forma, esta sección comprende las diversas estrategias escolarizadas, semiescolarizadas, procesos no convencionales de enseñanza aprendizaje, pedagogías flexibles, uso alternativo de medios de comunicación, entre otras, que se desarrollan de manera pertinente y diferenciada para los procesos de enseñanza aprendizaje, de forma oral, escrita, por medio de la radio, la televisión, la correspondencia u otros medios de comunicación.

El desglose por categorías que aparecen en esta división se basa en el nivel de instrucción que se ofrece según la definición de los niveles que presenta la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE 2011), y además se complementa con los principios de la Constitución Política de Colombia, acorde con la Ley General de Educación 115 de 1994, la Ley 30 de 1992 que rige la Educación Superior, la Ley 715 de 2001, la Ley 749 de julio 19 de 2002 por la cual se organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica, profesional y tecnológica, la Ley 1064 de 2006 por la cual se dictan normas para el apoyo y fortalecimiento de la educación para el trabajo y el desarrollo humano, y la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia).

La CIIU presenta las actividades de educación organizadas en seis grupos:

  • Grupo 851, «Educación de la primera infancia, preescolar y básica primaria».

  • Primera Infancia: programas para niños de muy corta edad (de cero a dos años).

  • Preescolar: comprende mínimo un grado obligatorio.

  • Básica: tiene una duración de nueve grados o años que se desarrollan en dos ciclos:

  • Básica Primaria de 5 grados.

  • Básica Secundaria de 4 grados.

  • Grupo 852, «Educación secundaria y de formación laboral».

  • Grupo 853, «Establecimientos que combinan diferentes niveles de educación».

  • Grupo 854, «Educación superior».

  • Grupo 855, «Otros tipos de educación».

  • Grupo 856, «Actividades de apoyo a la educación, que comprende la prestación de servicios no docentes que apoyan los procesos o sistemas educativos».

Los tres primeros grupos se refieren a la educación formal que se imparte en instituciones y centros educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas, y conducente a grados y títulos.

En esta sección también se incluyen otros tipos de educación, impartida por instituciones educativas aprobadas, no sujeta al sistema de niveles y grados.

Las actividades de las instituciones educativas que ofrecen educación en los niveles 0 y 1 de la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación se clasifican en el grupo 851; las que se encuentran en los niveles 2 y 3 de esta clasificación, en el grupo 852, y en los niveles 4, 5, 6, 7 y 8 en el grupo 854, «Educación superior».

Sección
P
EDUCACIÓN

Actividades Económicas Relacionadas